Decreto del Arzobispo por el que se traslada la solemnidad extrínseca de la festividad de los Santos Apóstoles Pedro y Pablo Trasladada al domingo 2 de julio, manteniéndose el 29 de junio la celebración litúrgica de ese día

Decreto del Arzobispo por el que se traslada la solemnidad extrínseca de la festividad de los Santos Apóstoles Pedro y Pablo Trasladada al domingo 2 de julio, manteniéndose el 29 de junio la celebración litúrgica de ese día

El Arzobispo de Valencia, monseñor Enrique Benavent, ha decretado trasladar este año la solemnidad extrínseca de la festividad de San Pedro y San Pablo al domingo 2 de julio, manteniéndose, el día 29 de junio, su celebración litúrgica.

El traslado tiene lugar “ante la festividad de San Pedro y San Pablo, de honda significación litúrgica en el calendario romano y tomando en consideración la devoción que nuestra querida Archidiócesis ha dispensado siempre a los Santos Apóstoles Pedro y Pablo, y los sentimientos de afecto y adhesión que profesa hacia el Santo Padre, cabeza visible de la Iglesia, sucesor de San Pedro y garantía de su unidad”.

Para ello, para que la Archidiócesis de Valencia “viva la solemnidad con profundo sentido de comunión y solidaridad eclesial”, el Arzobispo ha dispuesto que “en todas las iglesias abiertas al culto, parroquiales y no parroquiales, en las misas del sábado, día 1 y en las del domingo, 2 de julio, con asistencia de fieles, se celebre la Misa de la solemnidad de San Pedro y San Pablo”.

Asimismo, dispone que la predicación de este día esté dedicada al “ministerio petrino” como signo visible de la unidad de la Iglesia, de la sucesión apostólica y de la verdad evangélica y que se exhorte a los fieles a rezar por el Papa Francisco y a agradecer a Jesucristo el don del “ministerio petrino” concedido a su Iglesia.

También se exhorta a los fieles a colaborar generosamente en la colecta de este día, llamada tradicionalmente “Óbolo de San Pedro”, destinada “a ayudar al Papa en las múltiples necesidades que le impone el ejercicio de su ministerio pastoral universal”.

 

Decreto San Pedro y San Pablo